El COLPOS exige que se declaren inexistentes las Huelgas del SINTCOP mediante el "recuento" a realizar por parte del Tribunal
“No tenemos miedo al Recuento”: SINTCOP

El Sindicato Independiente de Trabajadores de el Colegio de Postgraduados (SINTCOP) estalló Huelgas el pasado 18 de marzo, por violaciones al Contrato Colectivo de Trabajo, el incremento salarial por debajo de la inflación del 2021 y la invasión a la materia de trabajo, sin embargo, las autoridades del Colegio de Postgraduados (COLPOS) solicitaron ante el Tribunal Federal de Asuntos Colectivos que se declaren las Huelgas como Inexistentes.
Ante este hecho el SINTCOP afirmó que no tiene miedo a que la autoridad realice los Recuentos, porque claramente la postura de los trabajadores fue estallar a huelga por falta de soluciones satisfactorias a sus justas peticiones.
Cabe señalar que las autoridades de la Institución no han mostrado voluntad alguna para dialogar, incluso han menospreciado las invitaciones de los jueces del Tribunal respecto a reanudar el diálogo.
Los Recuentos se celebrarán a partir del viernes 1 de abril en el interior de los Campus Montecillo y Puebla del Colegio de Postgraduados, donde se contará con personal de la Institución y del Sindicato como observadores, dichos recuentos se realizarán en 2 horarios, el primero de 9 de la mañana a 4 de la tarde por el estallamiento a Huelga por las violaciones al Contrato Colectivo de Trabajo y el segundo será de 5 de la tarde a 10 de la noche por el estallamiento a Huelga por el incremento salarial.
Para los Campus Tabasco, Veracruz y San Luis Potosí las fechas y los horarios para desarrollar estos procesos son los siguientes:
Campus Tabasco
4 de abril
8:00 a 14:00 hrs y 17:00 a 21:00 hrs
Campus Veracruz
4 de abril
10:00 a 13:00 hrs y 13:30 a 15:00 hrs
Campus Puebla
1 de abril
10:00 a 13:30 hrs y 14:00 a 16:00 hrs
Campus San Luis Potosí
4 de abril
10:00 a 11:00 y 11:30 a 12:30 hrs
Pero, ¿Qué pasaría si la votación favorece a “No a la huelga”? Esto sería desastroso para todos los trabajadores huelguistas de la Institución, dado que por una parte tendrían que regresar a sus actividades en un plazo no mayor a 24 horas y de no hacerlo se rescindirían sus contratos, por otro lado, de regresar, durante el tiempo que dure la Huelga no tendrían derecho al pago de salarios caídos, y por último, no podrían exigir nuevamente a la Institución el aumento salarial, la solución a las violaciones al Contrato Colectivo de Trabajo y el cumplimiento a los acuerdos firmados.